Conoce las nuevas ayudas para familias en Madrid.

La Comunidad de Madrid está preparando una batería de nuevas ayudas económicas para familias, familias numerosas y familias monoparentales que te vamos a describir para que puedas aprovecharte de ellas.

Contempla una deducción de hasta 2.100 euros en el IRPF por nacimiento o adopción durante tres años.

Cheque ayuda de 500 € mensuales

Cheque educación de 2658 € anuales

NUEVAS AYUDAS FAMILIAS COMUNIDAD DE MADRID

Bonificación en el IRPF para familias numerosas en Madrid.

Familias Numerosas de Categoría especial: Durante los tres primeros años tendrán una bonificación del cien por cien en la cuota autonómica del IRPF – 5 o más hijos, o 4 si al menos 3 proceden de parto múltiple–, con límite de 12.000 euros si se trata de una declaración individual o de 24.000 si es una declaración de la renta conjunta.

Para las familias numerosas de categoría general –3 o más hijos, o 2 hijos si existen con minusvalías–, les corresponde una deducción del 50 por ciento de la cuota autonómica del IRPF con un límite de 6.000 euros en declaraciones individuales, y de 12.000 si son declaraciones conjuntas.

Cheque-educación Madrid: de 0-3 años: 2.658 euros anuales 

Cheque infantil, con el objetivo de fomentar la escolarización en la etapa de entre 0 y 3 años y ampliar el número de familias beneficiarias, se amplía el acceso a aquellas familias con una renta per cápita inferior a 35.913 euros.

Lo más notable es como incrementará la cuantía del cheque infantil: pasando de los 1.146 euros al año de la actualidad a los 2.658 euros anuales.

También se anuncian ayudas para el comedor para que más familias puedan acceder a los comedores escolares.

Gratuidad del transporte escolar 

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Transporte escolar gratuito

El transporte escolar pasa a ser gratuito para todos aquellos alumnos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial que tienen plaza escolar en un municipio diferente al de residencia.

Deducción por la adopción internacional de niños

También, las familias que adopten niños podrán aplicarse una deducción de 600 euros en el impuesto de la Renta por cada niño adoptado durante el periodo impositivo cuando dicha adopción tenga el carácter internacional.

Cuando el niño adoptado conviva con ambos padres adoptivos y estos opten por tributación individual, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de los padres.

Deducciones en vivienda para familias

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Ampliación de hasta 1.200 euros en el IRPF en el alquiler de vivienda habitual para jóvenes menores de esa edad y parados menores de 40 años con dos o más descendientes o ascendientes a su cargo.

Además, la Comunidad de Madrid impulsará una deducción autonómica en el IRPF del 25% por intereses de préstamos para adquisición de vivienda de menores de 30 años con un límite de deducción anual de 1.000 euros.

Al mismo tiempo se lanzará una bajada en la Renta por adquisición de vivienda motivada por el nacimiento o adopción de hijos. En concreto, esta deducción en el impuesto de la Renta será del 10% del precio de adquisición de la nueva vivienda, prorrateado en 10 años, con un límite de deducción anual de 700 euros. El cambio de vivienda, eso sí, debe producirse en los tres años posteriores al nacimiento o adopción.

Acogimiento familiar de menores

El plan nuevo plan de ayudas para la familia y la natalidad mantiene las deducciones por acogimiento familiar, destinadas a ayudar a las familias que acogen a menores necesitados de un entorno familiar estable, con objetivo de mejora de su correcto desarrollo personal y social. Las cuantías previstas para estos casos son de 600 euros por el primer menor acogido, 750 por el segundo y 900 por el tercero y siguientes.

Mercado laboral y conciliación

En cuanto a las medidas enfocadas al acceso al mercado laboral y a la conciliación, además de los incentivos para la contratación indefinida que ya contempla la Comunidad, se ampliará a 24 meses la tarifa plana de 50 euros para mujeres autónomas que se reincorporan a su actividad tras la maternidad.

Asimismo se mantendrán las ayudas de hasta 2.500 euros por hijo a las pymes que fomenten el teletrabajo y la flexibilización de la jornada laboral, se aprobarán ayudas para la contratación de personas empleadas en el hogar y se aplicará deducciones en el IRPF por las cotizaciones a la Seguridad Social para personas contratadas para el cuidado de hijos menores de 3 años de hasta 600 euros anuales para familias numerosas.

Ayuda de 500 euros a menores de 30 años

Esta ayuda es un abono mensual de 500 euros que percibirán aquellas mujeres gestantes y menores de 30 años desde su quinto mes de embarazo y hasta que su hijo cumpla los dos años de edad (29 meses en total).

Entre los requisitos para ser beneficiarse de la ayuda, en el momento del embarazo la madre debe llevar al menos 5 años empadronada en la Comunidad de Madrid y sus ingresos no pueden superar los 30.000 euros anuales. La percepción de este ingreso será totalmente compatible con el desempeño de una actividad laboral remunerada por parte de las beneficiarias.

Requisitos para percibir estas ayudas:

  1. Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España. Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse siempre que cumplan los requisitos establecidos.
  2. Tener 30 años o menos.
  3. Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. A efectos del cómputo del plazo exigido se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.
  4. No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta para toda la unidad familiar en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  5. No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

fuente: web de la Comunidad de Madrid

Solicitar ayuda natalidad Comunidad de Madrid

Para solicitar esta ayuda puede dirigirse a esta web de la Comunidad de Madrid, donde encontrará los formularios y documentación necesaria:

¿Dónde se presenta la solicitud?

De manera presencial: en cualquier Oficina de Registro, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado, teniéndose en cuenta que se tomará como fecha de su solicitud la que consta en registro.

De manera telemática: si se dispone de Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, puede realizar este trámite en el Registro Telemático de la Comunidad de Madrid.

Documentación necesaria.

  • Solicitud debidamente rellenada
  • Certificado de empadronamiento expedido por su municipio.
  • DNI, pasaporte o NIE
  • Declaración Responsable
  • Certificados de Nacimiento y Libro(s) de familia.
  • Informe médico de la gestación (para la ayuda de 500€)

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