Ayudas familias numerosas en la Región de Murcia.

Tramitar la Ayuda Título Familia Numerosa en La Región de Murcia. Toda la información para que la puedas tramitar fácilmente.

AYUDAS FAMILIAS NUMEROSAS EN MURCIA

¿Qué se considera una familia numerosa?

Los hijos en las familias numerosas:

Los hijos deben ser solteros y menores de 21 años de edad o sin importar edad en caso si son discapacitados o están incapacitados para trabajar.
También se ampliará hasta los 25 años de edad incluidos si los hijos estén cursando estudios universitarios en diversos ciclos y modalidades.

Deben depender económicamente del ascendiente o ascendientes y se entiende que también dependen económicamente cuando:

  • El hijo no obtenga ingresos superiores en cómputo anual al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente.
  • El hijo esté incapacitado para el trabajo y la cantidad de su pensión no exceda el IPREM vigente.
  • Si el hijo contribuye al sostenimiento de la familia con un único ascendiente en los siguientes supuestos:
    • El ascendiente no perciba superior al doble del IPREM vigente.
    • algún hermano es discapacitado o está incapacitado para trabajar.
    • El hijo no aporte más del 50% de la totalidad de ingresos de la unidad familiar.

Familia numerosa de tipo General.

Hay diferentes unidades familiares que son consideradas familia numerosa general y que pueden aprovecharse de esa condición. Pasamos a detallar las variantes previstas:

  • Uno o dos ascendientes con dos hijos o hijas comunes o no, cuando uno de los ascendientes sea discapacitado o incapacitado para trabajar.
  • Dos ascendientes cuando ambos fueran discapacitados o cuando uno de ellos contase con un grado de discapacidad del 65% o más y con dos hijos sean o no comunes.
  • Padre o madre divorciados o separados con tres o más hijos o hijas, comunes o no, aunque estén en diferentes unidades familiares pero siempre que estén bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el mismo domicilio. De obligada resolución judicial en la que se declare obligación de prestación de alimentos. Se utiliza el el criterio de la convivencia en caso que no hubiera acuerdo entre padres y madres.
  • Tres o más hermanos huérfanos de madre y padre ya mayores de 18 años, dos hermanos cuando uno de ellos es discapacitado y que convivan y tengan dependencia económica entre ellos dos.
  • Dos o más hermanos o hermanas huérfanos de padre y madre bajo tutela acogimiento o guardia conviviendo con el tutos o acogedor pero que no se encuentren a sus expensas.
  • Padre o madre con dos hijos o hijas cuando uno de los progenitores haya fallecido.

A continuación detallamos algunas aclaraciones respecto las personas y los términos en estas categorías:

Familia Numerosa de Categoría Especial.

Son las familias numerosas de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

Sin embargo, las unidades familiares con cuatro hijos se podrán clasificar como Categoría Especial cuando:

  • Los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que la componen no supere el 75% del cómputo anual del salario mínimo interprofesional vigente.
  • Cuando existan hijos discapacitados o incapacitados para trabajar éste computará por dos para determinar a qué categoría pertenece.

Expedición del título de familia numerosa en La Región de Murcia.

Por favor revisa los documentos necesarios para el trámite del Título de Familia Numerosa dependiendo de la situación de tu unidad familiar.

  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    Aportación obligatoria. Incluir a los titulares y miembros beneficiarios de la condición de familia numerosa. Debe estar firmada por todos los mayores de edad.
  • Libro de familia
    (Obligatorio / Original)
    Libro/s de familia o partida de nacimiento de todos los miembros incluidos en la solicitud.
  • Documento Nacional de Identidad
    (No obligatorio / Original)
    Miembros mayores de 14 años. En caso de sentencia de divorcio con custodia compartida, es obligatorio para todos los miembros (independientemente de la edad).
  • Documento de identificación de extranjero: NIE
    (No obligatorio / Original)
    De todos los miembros de la familia que dispongan de NIE
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (No obligatorio / Original)
    Se admite como tal: volante de empadronamiento y certificado de convivencia, de acuerdo con lo que se indica en el documento Anexo-Documentación necesaria parala solicitud de la condición de familia numerosa.
  • Resolución judicial de tutela
    (No obligatorio / No original)
    Si procede.
  • Sentencia de separación o divorcio
    (No obligatorio / No original)
    Si procede.
  • Autorización
    (No obligatorio / Original)
    Autorización de custodio a no custodio a incluir hijos en el título (conforme al modelo disponible)
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Formación de los hijos e hijas que estén entre los 21 y 25 años (inclusive): Certificado de estudios del curso académico vigente, ya sean universitarios, módulos formativos, enseñanza secundaria obligatoria, carnet de conducir, cursos del SEF o cualquiera que suponga una mejoría social a la consecución de un trabajo.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / Original)
    De 17 a 20 años obligatorio aportar Declaración responsable o Informe de Vida Laboral. De 21 a 25 años obligatorio aportar Informe de Vida Laboral.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / Original)
    Documento de renuncia a la valoración de ingresos para la categoría especial (conforme al modelo disponible)
  • Declaración responsable de ingresos
    (No obligatorio / No original)
    Para aquellos casos en que los titulares deban acreditar los ingresos obtenidos en el año anterior a la fecha de la renovación o reconocimiento y no existan periodos trabajados en su vida laboral. Debe acompañarse de la vida laboral.
  • Resolución de acogimiento permanente pre-adoptivo
    (No obligatorio / No original)
    Si procede.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de estar inscrito en el Registro de Parejas de Hecho
  • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea
    (No obligatorio / No original)
    Se acompañará del pasaporte.
  • Pasaporte
    (No obligatorio / No original)
    Se acompañará del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.

Formularios para solicitar Título de Familia Numerosa en Murcia.

Puede descargarse el formulario de solicitud de reconocimiento de condición de familia numerosa en el siguiente enlace:

¿Dónde Tramitar el Título de Familia Numerosa en Murcia?

Es posible tramitar la solicitud de familia numerosa de forma presencial o telemática (online por internet)

Tramitar título de familia numerosa de manera presencial:

Será obligatorio, si quiere ser atendido presencialmente, solicitar CITA PREVIA, bien mediante el teléfono único 012/362000, o bien a través de los enlaces siguientes:

Tramitar título de Familia Numerosa Online en Murcia.

Para tramitar la solicitud de Título de Familia Numerosa se requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve

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Ventajas del carnet de familia numerosa.

Te listamos algunos de los beneficios de poseer el título de familia numerosa aunque los podrás encontrar en más detalle en la página de beneficios de familia numerosa en Murcia.

Más información para familias numerosas en Murcia.

  1. Bonificación de cuotas de la Seguridad Social.
  2. Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
  3. Convocatorias de Becas y/o ayudas para adquisición de libros.
  4. Reducción 50% de las tasas y precios públicos.
  5. Subsidios por necesidades educativas especiales.
  6. Reducción del importe de billetes de transporte.
  7. Derechos de preferencia en actividades de ocio.
  8. Bonificación en precios de entrada a los centros e instituciones culturales.
  9. Beneficios generales en materia de vivienda.

Las familias numerosas de categorías especial asimismo además de los beneficios mencionados anteriormente también en reducciones del 50% en transportes por autobús, barco o tren, 10% en avión y 100% en tasas o precios públicos en matriculación y examen o expedición de títulos o diplomas académicos.

¡Cada familia es un mundo!

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Un comentario

  1. Tengo el carné de familia numerosa en papel, por lo que se deteriora fácilmente. ¿Saben si también existe en formato tarjeta de plástico? ¿como se solicita?