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Como desheredar un hijo.

Ya sea por falta de relación familiar, hay mucha gente que se pregunta si es posible desheredar a un hijo o cualquier otro familiar.

Para ello, primero deberíamos conocer qué significado tiene y que implica negar la herencia a un hijo o hija herederos, que causas existen para poder tramitarlo y cómo hacerlo.

como desheredar un hijo o una hija 1

Vamos a explicar qué significa desheredar un heredero, las causas que se contemplan y cómo hacerlo.

¿Se puede desheredar un hijo?

La respuesta es sí, se puede dejar constancia fehaciente que hay deseo de que uno, alguno o todos nuestros hijos o hijas no reciban parte alguna de nuestra herencia. Si, es posible.

Ahora, más profundamente vamos a contestar diferentes cuestiones relativas al concepto de la desheredación y a la privación de herencia.

Concepto de la herencia legítima

Aunque cuando pensamos en la desheredación nos imaginamos la privación de la herencia, en realidad la desheredación se refiere a la privación de la legítima herencia.

Por lo tanto, cuando desheredamos un hijo (o familiar) realmente estamos retirando a dicho heredero su derecho a recibir la legítima hereditaria.

¿Qué es la Herencia Legítima?

Entendamos pues qué es la herencia y qué por legítima:

  • La herencia es el conjunto de bienes que deja una persona a su fallecimiento.
  • La legítima es la parte de esos bienes que el testador está obligado a reservar a los herederos forzosos.

¿Quién es un heredero forzoso?

Los Herederos forzosos (o legitimarios): Son aquellos que heredan los bienes (o deudas) de una persona por ley, es decir aquellos que siempre tienen derecho a heredar según marca el código civil. En concreto el artículo 813 del Código Civil.

Por tanto, esto es aplicable cuando una persona fallece sin haber hecho testamento. Se incia entonces el proceso de la llamada sucesión intestada o abintestato, o también llamada herencia sin testamento.

En este caso portanto, y por ley, los herederos del fallecido son siempre herederos forzosos. Es decir, aquellos que según la ley tienen que heredar a esa persona.

Estos son:

  • Los hijos y descendientes de sus padres y ascendientes. Serán legitimarios o herederos forzosos los hijos o descendientes matrimoniales o no matrimoniales, reconocidos o no y también los adoptivos.
  • En casos donde faltan los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o la viuda del difunto o difunta en la forma y medida que establece el Código Civil.

Por lo tanto, en este punto podemos sacar la conclusión que para desheredar a un familiar o a otra persona sin derecho a la herencia legítima basta con no incluirla en el testamento.

Sin embargo, lo habitual es que se pretenda desheredar a un hijo o familiar, lo que supone desheredar a herederos legitimarios. Este es un proceso más complejo y que además debe cumplir una serie de requisitos legales que pasamos a explicar.

Requisitos para desheredar un hijo.

Aunque algunos de estos requisitos parezcan obvios, vale la pena repasarlos:

Para que la desheredación sea válida primeramente deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Realizar un testamento
  2. Hacerse expresamente y fundarse en alguna de las causas fijadas en la ley. Se debe designar y señalar por escrito al legitimario al que se quiere desheredar con total claridad.
  3. La causa debe ser cierta. Toma nota, si el desheredado niega la causa de la desherencia, la labor de probar que la causa es cierta corresponderá a los herederos del testador.

Causas legales para desheredar

Las causas por las que se puede desheredar están previstas en los artículos 852 a 855 del Código Civil español.

Estas causas están tasadas y acotadas, es decir, no se podrá desheredar a un heredero legitimario en virtud de una causa distinta a las establecidas expresamente en la ley.

En las causas podemos distinguir entre causas genéricas y causas específicas.

Causas genéricas de desheredación

Las causas a que se refiere el citado artículo son las siguientes:

  1. Haber sido condenado, por sentencia firme, por atentar contra la vida o causar lesiones o ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
  2. Haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, siempre que el ofendido sea alguna de las personas a las que nos hemos referido en el punto anterior.
  3. Acusar al testador de delito de condena por denuncia falsa.
  4. Obligar al testador, con amenazas, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  5. Impedir a otro, por iguales medios, hacer testamento o revocar el que tenga hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes

Son justas causas para desheredar a los hijos o descendientes, además de las previstas en los números 2, 3, 4 y 5 del apartado anterior, las siguientes:

  1. Negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  2. Haber maltratado de obra y acción o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente que le deshereda.

Causas específicas para desheredar a los padres y ascendientes

Además de las causas genéricas señaladas anteriormente, son causas justas para desheredar a los padres y ascendientes:

  1. Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  2. Negar de alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  3. Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos posterior reconciliación.

Causas específicas para desheredar al cónyuge

Son causas justas para desheredar al esposo o esposa, además de las previstas en los números 2, 3, 4 y 5 del apartado de causas genéricas, las siguientes:

  1. Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  2. Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  3. Negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  4. Atentar contra la vida del cónyuge testador.

Desheredar un hijo en Cataluña

Para aquellos que sean de Barcelona o de otras localidades de Catalunya, pueden complementar la información anterior con esta interesante tertúlia emitida en Tv3 donde hablan del concepto y trámites necesarios para desheredar en Cataluña.

Desheredar un hijo en Euskadi

Si vives en el País Vasco, no dejes de ver esta interesante charla emitida en la TV eitb donde abordan este tema.

Desheredar en Madrid

Debido a que la legislación puede variar según tu CCAA, aquí tienes parte de un programa donde se trataba el tema de desheredar en las comunidad de Madrid, el cual te puede ayudar e orientar algo en este tema.

Conclusión

Desheredar un hijo o hija es un acto importante que tiene fuertes repercusiones legales. Sin duda es algo que deberás consultar con un abogado y no te olvides de consultar siempre la legislación vigente, ya que es posible que existan modificaciones legislativas posteriores a la publicación de este artículo.

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