Ayudas familias numerosas La Rioja.

Título de Familia Numerosa en La Rioja. Si resides en la Rioja y necesitas tramitar tu título de Familia Numerosa estás en la web correcta. Sigue Leyendo.

FAMILIAS NUMEROSAS EN LA RIOJA

Las políticas sociales de la Administración deben ser la de la protección de la familia y el fomento de la natalidad. Es por tanto que el título de Familia Numerosa supone una serie de beneficios Sociales, de Actividades, Vivienda y Fiscales.

¿Qué se considera una familia numerosa?

Los hijos en las familias numerosas:

Los hijos deben ser solteros y menores de 21 años de edad o sin importar edad en caso si son discapacitados o están incapacitados para trabajar.
También se ampliará hasta los 25 años de edad incluidos si los hijos estén cursando estudios universitarios en diversos ciclos y modalidades.

Deben depender económicamente del ascendiente o ascendientes y se entiende que también dependen económicamente cuando:

  • El hijo no obtenga ingresos superiores en cómputo anual al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente.
  • El hijo esté incapacitado para el trabajo y la cantidad de su pensión no exceda el IPREM vigente.
  • Si el hijo contribuye al sostenimiento de la familia con un único ascendiente en los siguientes supuestos:
    • El ascendiente no perciba superior al doble del IPREM vigente.
    • algún hermano es discapacitado o está incapacitado para trabajar.
    • El hijo no aporte más del 50% de la totalidad de ingresos de la unidad familiar.

Familia numerosa de tipo General.

Hay diferentes unidades familiares que son consideradas familia numerosa general y que pueden aprovecharse de esa condición. Pasamos a detallar las variantes previstas:

  • Uno o dos ascendientes con dos hijos o hijas comunes o no, cuando uno de los ascendientes sea discapacitado o incapacitado para trabajar.
  • Dos ascendientes cuando ambos fueran discapacitados o cuando uno de ellos contase con un grado de discapacidad del 65% o más y con dos hijos sean o no comunes.
  • Padre o madre divorciados o separados con tres o más hijos o hijas, comunes o no, aunque estén en diferentes unidades familiares pero siempre que estén bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el mismo domicilio. De obligada resolución judicial en la que se declare obligación de prestación de alimentos. Se utiliza el el criterio de la convivencia en caso que no hubiera acuerdo entre padres y madres.
  • Tres o más hermanos huérfanos de madre y padre ya mayores de 18 años, dos hermanos cuando uno de ellos es discapacitado y que convivan y tengan dependencia económica entre ellos dos.
  • Dos o más hermanos o hermanas huérfanos de padre y madre bajo tutela acogimiento o guardia conviviendo con el tutor o acogedor pero que no se encuentren a sus expensas.
  • Padre o madre con dos hijos o hijas cuando uno de los progenitores haya fallecido.

A continuación detallamos algunas aclaraciones respecto las personas y los términos en estas categorías:

Familia Numerosa de Categoría Especial.

Son las familias numerosas de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

Sin embargo, las unidades familiares con cuatro hijos se podrán clasificar como Categoría Especial cuando:

  • Los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que la componen no supere el 75% del cómputo anual del salario mínimo interprofesional vigente.
  • Cuando existan hijos discapacitados o incapacitados para trabajar éste computará por dos para determinar a qué categoría pertenece.

Expedición del carne de familia numerosa en La Rioja.

Deberá presentar con su solicitud:

  • Fotocopia del  DNI del titular. Si los miembros de la familia numerosa son extranjeros, deberán aportar original y fotocopia de las tarjetas de residencia de todos los miembros. En el caso de nacionales de estados miembros de la Unión Europa o del Espacio Económico Europeo, pasaporte en vigor o DNI del país de origen junto con certificado de inscripción en el Registro de ciudadanos de la Unión Europea, de todos los miembros de  la unidad familiar.
  • DNI de los hijos mayores de 14 años (necesario para la nueva deducción por familia numerosa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, fijada por el Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre –BOE nº 295, de 6 de diciembre-).
  • Título de familia numerosa anterior.
  • 2 fotografías actuales del grupo familiar, impresas en papel de fotografía, que permitan la correcta identificación de todos los miembros del grupo, en tamaño 8 x 5 cm. o menor. (Sólo se requerirán en caso de variación del número de familiares a su cargo o cuando las fotografías presentadas tengan una antigüedad superior a 5 años).     
  • Volante de empadronamiento actualizado de la unidad familiar.
  • Para hijos con edades entre 21 y 25 años se deberá presentar además, justificante de estudios (resguardo de matrícula, certificado, etc. ) así como, de ingresos percibidos, en su caso (nómina, pensión,…).

No existe edad para aquellos hijos con discapacidad. En ese caso deberá aportarse justificante de ingresos percibidos.

¿Dónde presentar la documentación para la solicitud de familia numerosa?

La solicitud y documentos de nuevas expediciones así como renovaciones o modificaciones de los títulos de familia numerosa deberán presentarse en La Oficina de Registro del órgano competente:

Listado de las oficinas de Registro:

Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública

Calle Vara de Rey, número 1
26071 LOGROÑO
Horario: Mañana: De 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

SECRETARIA GENERAL TECNICA
Calle Villamediana, número 17
26071 LOGROÑO
Horario: Mañana: De 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

Telf: 941 291 645
Fax: 941 291 645
email: cgcarrera@larioja.org

Trámite online:

También puede presentarse online a través del siguiente enlace:

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Ventajas del carné de familia numerosa.

Te listamos algunos de los beneficios de poseer el título de familia numerosa aunque los podrás encontrar en más detalle en la página de beneficios de familia numerosa en La Rioja.

Más información para familias numerosas en La Rioja.

  1. Bonificación de cuotas de la Seguridad Social.
  2. Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
  3. Convocatorias de Becas y/o ayudas para adquisición de libros.
  4. Reducción 50% de las tasas y precios públicos.
  5. Subsidios por necesidades educativas especiales.
  6. Reducción del importe de billetes de transporte.
  7. Derechos de preferencia en actividades de ocio.
  8. Bonificación en precios de entrada a los centros e instituciones culturales.
  9. Beneficios generales en materia de vivienda.

Las familias numerosas de categorías especial asimismo además de los beneficios mencionados anteriormente también en reducciones del 50% en transportes por autobús, barco o tren, 10% en avión y 100% en tasas o precios públicos en matriculación y examen o expedición de títulos o diplomas académicos.

¡Cada familia es un mundo!

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