Ayudas para familias numerosas en Extremadura.

Familias Numerosas en Extremadura. Si estás buscando como tramitar el título de Familia Numerosa en Extremadura estás en el sitio correcto.

Familias Numerosas en Extremadura

Cómo tramitar el título, donde, qué tramites y documentación. El reconocimiento de la condición de familia numerosa permite solicitar ayudas económicas y otras medidas de apoyo establecidas por ley.

¿Qué se considera una familia numerosa?

Los hijos en las familias numerosas:

Los hijos deben ser solteros y menores de 21 años de edad o sin importar edad en caso si son discapacitados o están incapacitados para trabajar.
También se ampliará hasta los 25 años de edad incluidos si los hijos estén cursando estudios universitarios en diversos ciclos y modalidades.

Deben depender económicamente del ascendiente o ascendientes y se entiende que también dependen económicamente cuando:

  • El hijo no obtenga ingresos superiores en cómputo anual al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente.
  • El hijo esté incapacitado para el trabajo y la cantidad de su pensión no exceda el IPREM vigente.
  • Si el hijo contribuye al sostenimiento de la familia con un único ascendiente en los siguientes supuestos:
    • El ascendiente no perciba superior al doble del IPREM vigente.
    • algún hermano es discapacitado o está incapacitado para trabajar.
    • El hijo no aporte más del 50% de la totalidad de ingresos de la unidad familiar.

Familia numerosa de tipo General.

Hay diferentes unidades familiares que son consideradas familia numerosa general y que pueden aprovecharse de esa condición. Pasamos a detallar las variantes previstas:

  • Uno o dos ascendientes con dos hijos o hijas comunes o no, cuando uno de los ascendientes sea discapacitado o incapacitado para trabajar.
  • Dos ascendientes cuando ambos fueran discapacitados o cuando uno de ellos contase con un grado de discapacidad del 65% o más y con dos hijos sean o no comunes.
  • Padre o madre divorciados o separados con tres o más hijos o hijas, comunes o no, aunque estén en diferentes unidades familiares pero siempre que estén bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el mismo domicilio. De obligada resolución judicial en la que se declare obligación de prestación de alimentos. Se utiliza el el criterio de la convivencia en caso que no hubiera acuerdo entre padres y madres.
  • Tres o más hermanos huérfanos de madre y padre ya mayores de 18 años, dos hermanos cuando uno de ellos es discapacitado y que convivan y tengan dependencia económica entre ellos dos.
  • Dos o más hermanos o hermanas huérfanos de padre y madre bajo tutela acogimiento o guardia conviviendo con el tutos o acogedor pero que no se encuentren a sus expensas.
  • Padre o madre con dos hijos o hijas cuando uno de los progenitores haya fallecido.

A continuación detallamos algunas aclaraciones respecto las personas y los términos en estas categorías:

Familia Numerosa de Categoría Especial.

Son las familias numerosas de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

Sin embargo, las unidades familiares con cuatro hijos se podrán clasificar como Categoría Especial cuando:

  • Los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que la componen no supere el 75% del cómputo anual del salario mínimo interprofesional vigente.
  • Cuando existan hijos discapacitados o incapacitados para trabajar éste computará por dos para determinar a qué categoría pertenece.

Expedición del carne de familia numerosa en Extremadura.

Para realizar el trámite de solicitud del título de familia numerosa deberás aportar la documentación que se aplique en tu caso.

  • Impreso oficial de nueva expedición o renovación, según proceda.
  • Exhibir el libro o libros de familia o aportar fotocopia compulsada de los mismos.
  • Los hijos entre 21 y 25 años incluidos, certificado de estudios.
  • En caso de discapacidad, fotocopia compulsada de resolución o certificado de minusvalía.
  • En caso de separación y/o divorcio, fotocopias de la resolución judicial y convenio regulador.
  • En caso de orfandad o fallecimiento de uno de los progenitores, certificado de defunción de no constar la misma en el Libro de Familia.
  • Nacionales de países comunitarios: a) acreditar que al menos un ascendiente ejerza una actividad por cuenta ajena o propia en España, b) acta de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos, o documento legal justificativo, traducido al castellano.
  • Nacionales de otros países, fotocopia compulsada de: a) permiso de residencia en vigor, b) acta de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos, o documento legal justificativo, traducido al castellano.
  • Las familias que deban aportar declaración de ingresos (con cuatro hijos, tres hijos si uno tiene discapacidad o minusvalía igual o superior al 33%, o dos hijos discapacitados con minusvalía igual o superior al 33%): fotocopia compulsada de la última declaración de renta.
  • En caso de tutela o acogimiento familiar permanente o adoptivo, fotocopia compulsada del documento legal que acredite tal extremo.
  • Toda aquella documentación que se derive de la Ley 40/2003, de 18 de diciembre, y del Reglamento que la desarrolla (Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre) y que sea necesaria para expedir o renovar el Título de Familia Numerosa por el Servicio Territorial de la Consejería y/o sea requerida por éste.

Formularios para solicitar Título de Familia Numerosa en Extremadura.

Dependiendo de la región tienes diferentes formularios. Descárgate el más apropiado según tu caso para la tramitación.

Formularios de solicitud familia numerosa en Badajoz.

Formularios de solicitud familia numerosa en Cáceres.

¿Dónde tramitar la solicitud de ayuda familia numerosa en Extremadura?

Servicio Territorial de Sanidad y Políticas Sociales
Negociado de Asuntos Generales y Familias
Plaza de Hernán Cortés, 1
10001 Cáceres.
Teléfonos: 927 004350 – 51

Servicio Territorial de Sanidad y Políticas Sociales
Negociado de Asuntos Generales y Familias
Ronda del Pilar, 10-2ª planta.
06002 Badajoz.
Teléfonos: 924 010021 – 23

Ventajas del carnet de familia numerosa.

Te listamos algunos de los beneficios de poseer el título de familia numerosa aunque los podrás encontrar en más detalle en la página de beneficios de familia numerosa en Extremadura.

Más información para familias numerosas en Extremadura.

  1. Bonificación de cuotas de la Seguridad Social.
  2. Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
  3. Convocatorias de Becas y/o ayudas para adquisición de libros.
  4. Reducción 50% de las tasas y precios públicos.
  5. Subsidios por necesidades educativas especiales.
  6. Reducción del importe de billetes de transporte.
  7. Derechos de preferencia en actividades de ocio.
  8. Bonificación en precios de entrada a los centros e instituciones culturales.
  9. Beneficios generales en materia de vivienda.

Las familias numerosas de categorías especial asimismo además de los beneficios mencionados anteriormente también en reducciones del 50% en transportes por autobús, barco o tren, 10% en avión y 100% en tasas o precios públicos en matriculación y examen o expedición de títulos o diplomas académicos.

¡Cada familia es un mundo!

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